La ley viene a derribar barreras arancelarias y a que los productos locales compitan con los internacionales. Falso. Mucha gente confunde la palabra protección en materia de ley de competencia. Protección en términos económicos tiene que ver con aranceles especiales o prohibiciones expresas para importar ciertos productos. Estos existen y son materia de la Política comercial de un país.
De tal manera que hay países ultra protegidos (con aranceles altos y sin TLC) pero con Ley de Competencia como es el caso de Brasil. Y países abiertos como Guatemala sin ley de Competencia. Obviamente países abiertos con aranceles promedios bajos y tendiendo a cero son países con industrias locales en competencia con productos importados; y eso es bueno; pero puede ser que se violen por ejemplo ciertas prácticas prohibidas por una LdC.
Son dos ámbitos diferentes pero que se relacionan y existe mucha confusión.
Al igual que las otras dos confusiones (con Protección al Consumidor y Competitividad) hay mucho por entender en el país donde los términos económicos son usados indistintamente sin conocer su concepto ni su ente competente. Por ejemplo, algunos dicen que si existe una excepción a una actividad es porque se está protegiendo de la competencia internacional. Eso es falso también. La protección es un tema de política comercial y si se da una excepción no es para proteger sino para promover cierta actividad. Son dos conceptos nuevamente distintos.
La Ley de Competencia requiere de conocimientos económicos, pero el problema es que los que hacen las leyes son abogados generales que no saben de éstos temas económicos. Es importante que cualquier ley de competencia esten involucrados los economistas para no tener éste tipo de confusiones.